sábado, 15 de agosto de 2015

MEDIACIÓN Y DISCAPACIDAD

MEDIACIÓN Y DISCAPACIDAD

El nuevo paradigma de la justicia cambia de un concepto de tutela judicial basada en garantías procesales básicas a un concepto más amplio en el que el derecho se puede ampliar a mecanismos alternativos de solución de conflictos (MASC-ADR) más eficaces para promover la convivencia, participación, cohesión y minimizar la conflictividad social. Entre los mecanismos alternativos de solución de conflictos destacan la conciliación, la mediación y el arbitraje. La Mediación es un proceso voluntario en el que dos o más partes involucradas en un conflicto trabajan con un mediador imparcial y neutro, que les guía por el proceso para generar sus propias soluciones y resolver sus diferencias. De esta nueva visión de entender la justicia deben participar las personas con “Diversidad Funcional”/Discapacidad (utilizaré ambos términos indistintamente) como cauce alternativo al ámbito judicial para asegurar el pleno ejercicio de derechos de las personas con discapacidad.

Pero actualmente está igualdad de oportunidades tiene que hacer frente a muchas barreras físicas, sensoriales, en la comunicación y especialmente en la percepción de la discapacidad que excluyen más que integran a la/s persona/s con discapacidad del derecho al acceso a la justicia. Por ello es fundamental que los mediadores e instituciones de mediación conozcan la realidad de la discapacidad y los recursos técnicos y humanos que deben disponer para que las personas discapacitadas puedan participar en igualdad de condiciones en cualquier sistema de resolución de conflictos.
Debemos partir del modelo social de la discapacidad donde se considera a la persona independientemente de su condición de discapacidad, como sujeto activo de derechos, con capacidad para decidir por sí mismo, es decir, ejerciendo su autonomía en la toma de decisiones sobre su vida y las circunstancias que le rodean. Al hablar de autonomía personal debemos partir de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia. En España, el Artículo 2 de la Ley 39/2006, se define la autonomía como: "Capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia inicia­tiva, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.
Tendremos siempre presente como marco de referencia “los derechos humanos” que se construye sobre los valores de igualdad, dignidad y solidaridad. Y no menos importante es asumir el modelo de calidad de vida que según la Organización Mundial de la Salud lo define como "La percepción que un individuo tiene de su lugar en la existencia, en el contexto de la cultura y del sistema de valores en los que vive y en relación con sus objetivos, sus expectativas, sus normas, sus in­quietudes”. A nivel internacional el Modelo de Calidad de Vida propuesto por Schalock y Verdugo (2003) es el más aceptado. Según este modelo, la Calidad de Vida” es un fenómeno multidimensional compuesto por dimensiones principales que se encuentran influenciadas por características personales y factores ambientales. Entre las dimensiones más importantes que señalan estos autores nos encontramos con la “Dimensión de Defensa de los Derechos” centrada en el acceso a derechos y libertades reconocidos a los seres humanos  en la privacidad, voto y protecciones requeridas. En el marco jurídico “la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada el 13 de diciembre de 2006 mediante Resolución 61/106 de las Naciones Unidas y a nivel nacional la Constitución Española de 1978, la ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad –LIONDAU; que supera el modelo medico sobre la discapacidad que inspiró a la Ley 13/1982, de 22 de abril, de Integración Social de los  Minusválidos (LISMI). Esta perspectiva ha sido reforzada con la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de Adaptación Normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Conocer las condiciones idóneas para que las personas con discapacidad puedan participar efectivamente en procesos de mediación nos va a posibilitar desarrollar procedimientos inclusivos que tengan en cuenta su discapacidad y puedan participar activamente en igualdad de oportunidades, potenciando su capacidad y autonomía para la toma de decisiones, es decir, conocer las bases donde se asienta una buena práctica de mediación con personas con diversidad funcional y que les posibilite el acceso a la justicia con plenos derechos y en igualdad de condiciones que las personas sin discapacidad.
Las habilidades sociales son básicas para el desarrollo humano y necesario para la adaptación de las personas al contexto que les rodea. Cuando estas habilidades se ven afectadas y mermadas debido a algún tipo de discapacidad, puede verse dañada la adaptación de la persona (que sufre la discapacidad) en la sociedad en la que está inmersa viviendo, provocando dificultades en la interacción social. El manejo de las percepciones que tenemos sobre las personas con discapacidad es importante para minimizar esas creencias que están enraizadas en nuestra sociedad y que hace que veamos a la persona discapacitada como un ser débil, incompleto, incapaz de decidir por sí mismo. Si no se restauran estas percepciones que minusvaloran las capacidades de las personas con diversidad funcional, se les impide ejercer sus derechos más fundamentales, principalmente, ser parte activa en el proceso de solución de sus conflictos. Para ello el empoderamiento de la persona discapacitada es crucial para contrarrestar las posibles estrategias de poder, coerción o amenazas que puedan derivarse del conflicto.

Como mediadores debemos conocer las necesidades de las personas discapacitadas y dirigir nuestra intervención para satisfacer a todas las partes enfrentadas. Este proceso implica 3 áreas que han de coincidir en un mismo espacio y que pasa en primer lugar por legitimar nosotros mismos a cada persona, a continuación, legitimar a cada persona consigo misma –a través del empoderamiento, y en último lugar, legitimización entre las partes –a través del reconocimiento y aceptación incondicional en igualdad de oportunidades y derechos. Como especialistas en gestión de conflictos debemos abrirnos a la dimensión social de la discapacidad donde nos acerquemos a un modelo integrador que responda a las necesidades específicas de las personas con discapacidad y se valore su autonomía para tomar decisiones en el proceso de mediación que vamos a iniciar.
La accesibilidad es la “condición que deben cumplir los entornos, procesos, productos y servicios para ser utilizables por todas las personas en condiciones de seguridad y de la forma más autónoma posible”. El acceso a la mediación y por lo tanto a la justicia es un derecho que puede verse anulado para las personas con diversidad funcional si no se reúnen los requisitos de accesibilidad necesarios. Por ello será necesario contar con elementos accesibles tanto en edificios, medios de transporte, información, comunicación y cualquier otro medio que se requiera. Las estrategias serán “Diseño para todos” y “Ajustes razonables”. El primero tiene como objetivo principal ofrecer entornos cuyo uso resulte cómodo, seguro y agradable para todas las personas, incluidas las discapacitadas. Los ajustes razonables son todas aquellas medidas que podemos instaurar para adaptar el entorno a las necesidades específicas de ciertas personas.

Los mediadores deberemos identificar las necesidades de nuestros usuarios para participar de forma efectiva en la mediación y esto pasa por considerar si las personas que vienen a mediación son capaces de obtener y utilizar toda la información necesaria relacionada con los servicios y el procedimiento de mediación, si son capaces de comprender el propósito y objetivo de la mediación, si entienden  el papel de cada persona presente en el proceso (el del mediador, las partes, los abogados, las personas de apoyo, los intérpretes…), si comprenden los pasos en el procedimiento de mediación y las “normas”.

Entre los aspectos a analizar y resolver antes de iniciar un proceso de mediación tendríamos que considerar en primer lugar “La accesibilidad del entorno”, principalmente la llegada al edificio, la entrada al edificio, el interior del edificio, adecuando el entorno para una correcta atención y comunicación; los despachos de prestación de los servicios de mediación (disposición del mobiliario y los espacios interiores para el tránsito de personas en silla de ruedas, o con discapacidad visual por ejemplo, etc.). Y en segundo lugar “La Accesibilidad de Comunicación” es un derecho universal donde se ve fortalecido hoy en día con los avances tecnológicos y la ayuda de la informática. La mediación electrónica es una buena solución con usuarios con movilidad reducida o personas con discapacidad visual o familiares a cargo de personas con verdaderos problemas de movilidad. 

Los mediadores o instituciones de mediación debemos tener en cuenta diversos elementos respecto a la transmisión de información para garantizar la accesibilidad a la comunicación e información con personas con diversidad funcional. Fundamentalmente la Interpretación de lengua de signos, donde se deberán facilitar los servicios de interpretación de lengua de signos; la Subtitulación, en la que se deberá contar con servicios de estenotipia computarizada para ofrecer información textual en pantalla de las presentaciones orales en tiempo real, así mismo se deberá asegurar siempre que las fotografías, gráficos, videos o DVD empleados estén subtitulados y los Sistemas de comunicación aumentativa o alternativa. Los Sistemas Aumentativos complementan el lenguaje oral cuando, por sí sólo, no es suficiente para entablar una comunicación efectiva con el entorno. Esta puede realizarse sin ayuda como por ejemplo la “Lengua de signos”, la “Lectura labio-facial”, la “Dactilología”, la “Palabra Complementada”, la “Comunicación bimodal” o con ayuda, se utiliza cuando para comunicarse las personas usan ayudas o herramientas que les permiten hacer preguntas, hablar sobre sus sentimientos y emociones, relatar sucesos  de su vida como por ejemplo  los “Sistemas e imágenes”,  los “Sistemas pictográficos”, “Bliss”, el “Sistema Braille”. Y Los Sistemas Alternativos que sustituyen al lenguaje oral cuando éste no es comprensible o está ausente.

Necesidades comunicativas en personas con discapacidad y tipos de SAAC utilizados

DISCAPACIDAD SENSORIAL

HERRAMIENTA
VISUAL
CON AYUDA
Braille
SIN AYUDA
Lenguaje Oral,Dactilológico,Comunicación Bimodal
AUDITIVA
CON AYUDA
Bliss, Pictograma, Escritura, Sistema de Imágenes
SIN AYUDA
Dactilológico, Gestos Indicativos, Lengua de Signos, Labio-facial, Palabra Complementada.

DISCAPACIDAD FISICA
HERRAMIENTAS
ESCLEROSIS MULTIPLE
Recursos Técnicos: Paneles de comunicación (alfabeto, palabras o imágenes), amplificadores de voz y teléfonos de texto que pueden facilitar la comunicación en algunos casos.
PARALISIS CEREBRAL
SAAC: El lenguaje de signos y la palabra complementada, o sistemas que requieren ayuda, como pueden ser el braille, los sintetizadores de voz, el Bliss, sistemas pictográficos, aplicaciones informáticas, etc.
Recursos Técnicos: Programas de gestión de símbolos, texto y/o fotografías, Comunicadores sencillos con salida a voz, Tableros de comunicación con salida a voz, Comunicadores dinámicos.
ESPINA BÍFIDA
Recursos Técnicos: Libretas con pautas, es aconsejable presentar los contenidos predominantemente de forma verbal, más que a través de imágenes o esquemas

OTRAS DISCAPACIDADES
HERRAMIENTAS
DISCAPACIDAD INTELECTUAL Y TEA
LECTURA FACIL Y SAAC (PICTOGRAMAS)


También en la transmisión Información en Internet, las páginas Web de los proveedores de servicios de mediación (y de cualquier otro sistema alternativo de conflicto) deben ser accesibles cumpliendo criterios de la WAI (Web Accesibility Initiative). Las Presentaciones se deberán asegurar que al utilizar transparencias, presentaciones informáticas o diapositivas, las mismas sean fácilmente visibles con copias en folletos con formato grande. Se deberá utilizar letra grande tamaño 24 en texto, todo en fuente legible: Verdana, Arial, Helvética o Universal; Se deberán leer todos los encabezados en voz alta y describir los dibujos o gráficos. Será necesario repetir las preguntas de la audiencia al dar las respuestas. Finalmente en cuanto a la Información impresa se deberá utilizar letra grande, de tamaño 16-18, fuente legible. La escritura Braille deberá estar disponible sólo en el texto.

Muy importante es la accesibilidad del procedimiento; me refiero al proceso de mediación en todas sus fases: preparación, desarrollo, culminación y seguimiento. Hay que tener en cuenta que la población con diversidad funcional presenta una gran variedad en función del tipo de discapacidad, la intensidad de la misma, el nivel de autonomía o necesidad de apoyos permanentes, el nivel de ingresos, el sexo, las formas de convivencia, etc. En la fase de preparación debemos tener los conocimientos sobre las necesidades de accesibilidad de las partes, esto implica compensar o equilibrar las oportunidades fruto de las desigualdades. Por lo que antes de comenzar la mediación es importante conocer el tipo de ayuda técnica que se requiere. Las ayudas son todo objeto, equipo o producto utilizado para aumentar o mejorar las habilidades de las personas con discapacidad. Se deberá preguntar a las partes antes del inicio de las sesiones si necesitan alguna ayuda técnica específica. Los datos aportados sobre la discapacidad, la información médica e incluso los ajustes razonables que requieran para el proceso entran dentro de la más absoluta confidencialidad. Cuando el mediador no disponga de algún servicio de accesibilidad deberá esforzarse para tenerlo, pudiendo preguntar a la persona discapacitada que le recomiende un proveedor de su confianza. 

Se deberá evaluar el grado de autonomía para tomar decisiones. Las personas que inician un procedimiento de mediación deben ser capaces de entender el procedimiento que van a iniciar de principio a fin, las reglas por las que se van a regir y el papel del mediador. Además han de ser consciente de la materia del conflicto y de su alcance; también de las decisiones que se tomen y de las responsabilidades que ello lleva aparejado. Las partes van a dar su consentimiento para lo cual tiene que haber una autonomía personal, puesto que las decisiones son personales y están en función de nuestros objetivos, deseos y beneficios. El mediador deberá valorar si todas las partes que van a iniciar el proceso de mediación tienen capacidad para hacerlo y sin que la discapacidad merme su capacidad y libertad de concurrir en igualdad de oportunidades.  Hay que tener en cuenta que la evaluación de la capacidad de mediar de una persona es individual y debe hacerse caso por caso ya que cada persona tiene sus propias circunstancias que pueden limitarla o dotarles de plena autonomía para tomar sus propias decisiones. Dicha evaluación no ha de consistir únicamente en un diagnóstico médico. Los acuerdos deben estar basados en una clara comprensión del conflicto y las circunstancias personales que intervienen en el mismo. Y deben prestarse todas las ayudas, adaptaciones y apoyos que se requieran para que la persona con discapacidad pueda actuar libremente y tome el control del sus acciones.


Para finalizar otro aspecto a tener en cuenta es nuestro comportamiento con las personas con discapacidad. El lenguaje determina nuestra percepción de la realidad. Utilizar acepciones negativas para referirnos al colectivo de personas con diversidad funcional como “minusválidas”, “retrasado”, “Deficientes”, etc., condiciona nuestra manera de relacionarnos. Para un uso apropiado de la imagen social de la discapacidad debemos utilizar la palabra discapacidad, persona con discapacidad y/o persona con Diversidad Funcional. 

1 comentario:

  1. desde el modelo social en mi quehacer hay 7 barreras por las cuales inicio mi accion de identificacion como son: actitudinales, programticas, de trasnporte, comunicativas, politicas, sociales y fisicas; que en los diversos entornos tambien se cruzan como facilitadores que enriquecen el proceso autonomo de la PCD, posterior a la idetificacion de las anteriores en los diversos entornos se traza un mapa de acciones donde se orientan los ajustes razonables requeridos al proceso de inclusion..... parte de todo esto engrada de los tipos de apoyo que requiera la PDC. GRACIAS.

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