MEDIACIÓN Y DISCAPACIDAD
El nuevo paradigma de la justicia cambia de un concepto de
tutela judicial basada en garantías procesales básicas a un concepto más amplio
en el que el derecho se puede ampliar a mecanismos alternativos de solución de
conflictos (MASC-ADR) más eficaces para promover la convivencia, participación,
cohesión y minimizar la conflictividad social. Entre los mecanismos
alternativos de solución de conflictos destacan la conciliación, la mediación y
el arbitraje. La Mediación es un proceso voluntario en el que dos o más partes
involucradas en un conflicto trabajan con un mediador imparcial y neutro, que
les guía por el proceso para generar sus propias soluciones y resolver sus
diferencias. De esta nueva visión de entender la justicia deben participar las
personas con “Diversidad Funcional”/Discapacidad (utilizaré ambos términos
indistintamente) como cauce alternativo al ámbito judicial para asegurar el
pleno ejercicio de derechos de las personas con discapacidad.
Pero actualmente está igualdad de oportunidades tiene que hacer
frente a muchas barreras físicas, sensoriales, en la comunicación y
especialmente en la percepción de la discapacidad que excluyen más que integran
a la/s persona/s con discapacidad del derecho al acceso a la justicia. Por ello
es fundamental que los mediadores e instituciones de mediación conozcan la
realidad de la discapacidad y los recursos técnicos y humanos que deben
disponer para que las personas discapacitadas puedan participar en igualdad de
condiciones en cualquier sistema de resolución de conflictos.
Debemos partir del modelo social de la
discapacidad donde se considera a la persona independientemente de su condición
de discapacidad, como sujeto activo de derechos, con capacidad para decidir por
sí mismo, es decir, ejerciendo su autonomía en la toma de decisiones sobre su
vida y las circunstancias que le rodean. Al hablar de autonomía personal
debemos partir de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia. En España,
el Artículo 2 de la Ley 39/2006, se define la autonomía como: "Capacidad
de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales
acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como
de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.
Tendremos siempre presente como marco de referencia “los
derechos humanos” que se construye sobre los valores de igualdad, dignidad y
solidaridad. Y no menos importante es asumir el modelo de calidad de vida que según la Organización Mundial de la
Salud lo define como "La percepción que un individuo tiene de su lugar en
la existencia, en el contexto de la cultura y del sistema de valores en los que
vive y en relación con sus objetivos, sus expectativas, sus normas, sus inquietudes”.
A nivel internacional el Modelo de Calidad de Vida propuesto por Schalock y
Verdugo (2003) es el más aceptado. Según este modelo, la Calidad de Vida” es un
fenómeno multidimensional compuesto por dimensiones principales que se
encuentran influenciadas por características personales y factores ambientales. Entre las dimensiones más importantes
que señalan estos autores nos encontramos con la “Dimensión de Defensa de los
Derechos” centrada en el acceso a derechos y libertades reconocidos a los seres
humanos en la privacidad, voto y
protecciones requeridas. En el marco jurídico “la Convención
Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada el
13 de diciembre de 2006 mediante Resolución 61/106 de las Naciones Unidas y a
nivel nacional la Constitución Española de 1978, la ley 51/2003, de 2 de
diciembre, de igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad
Universal de las Personas con Discapacidad –LIONDAU; que supera el modelo
medico sobre la discapacidad que inspiró a la Ley 13/1982, de 22 de abril, de
Integración Social de los Minusválidos
(LISMI). Esta perspectiva ha sido reforzada con la Ley 26/2011, de 1 de agosto,
de Adaptación Normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad.
Conocer las condiciones idóneas para que las personas con
discapacidad puedan participar efectivamente en procesos de mediación nos va a
posibilitar desarrollar procedimientos inclusivos que tengan en cuenta su
discapacidad y puedan participar activamente en igualdad de oportunidades,
potenciando su capacidad y autonomía para la toma de decisiones, es decir,
conocer las bases donde se asienta una buena práctica de mediación con personas
con diversidad funcional y que les posibilite el acceso a la justicia con
plenos derechos y en igualdad de condiciones que las personas sin discapacidad.
Las habilidades
sociales son básicas para el desarrollo humano y necesario para la adaptación
de las personas al contexto que les rodea. Cuando estas habilidades se ven afectadas y mermadas
debido a algún tipo de discapacidad, puede verse dañada la adaptación de la
persona (que sufre la discapacidad) en la sociedad en la que está inmersa
viviendo, provocando dificultades en la interacción social. El
manejo de las percepciones que tenemos sobre las personas con discapacidad es
importante para minimizar esas creencias que están enraizadas en nuestra
sociedad y que hace que veamos a la persona discapacitada como un ser débil,
incompleto, incapaz de decidir por sí mismo. Si no se restauran estas
percepciones que minusvaloran las capacidades de las personas con diversidad
funcional, se les impide ejercer sus derechos más fundamentales,
principalmente, ser parte activa en el proceso de solución de sus conflictos.
Para ello el empoderamiento de la persona discapacitada es crucial para
contrarrestar las posibles estrategias de poder, coerción o amenazas que puedan
derivarse del conflicto.
Como mediadores debemos conocer las necesidades de las personas discapacitadas
y dirigir nuestra intervención para satisfacer a todas las partes enfrentadas.
Este proceso implica 3 áreas que han de coincidir en un mismo espacio y que
pasa en primer lugar por legitimar nosotros mismos a cada persona, a
continuación, legitimar a cada persona consigo misma –a través del
empoderamiento, y en último lugar, legitimización entre las partes –a través
del reconocimiento y aceptación incondicional en igualdad de oportunidades y
derechos. Como especialistas en gestión de conflictos debemos abrirnos a la
dimensión social de la discapacidad donde nos acerquemos a un modelo integrador
que responda a las necesidades específicas de las personas con discapacidad y
se valore su autonomía para tomar decisiones en el proceso de mediación que
vamos a iniciar.
La accesibilidad es la
“condición que deben cumplir los entornos, procesos, productos y servicios para
ser utilizables por todas las personas en condiciones de seguridad y de la
forma más autónoma posible”. El acceso a la mediación y por lo tanto a la
justicia es un derecho que puede verse anulado para las personas con diversidad
funcional si no se reúnen los requisitos de accesibilidad necesarios. Por ello
será necesario contar con elementos accesibles tanto en edificios, medios de
transporte, información, comunicación y cualquier otro medio que se requiera.
Las estrategias serán “Diseño para
todos” y “Ajustes razonables”.
El primero tiene como objetivo principal ofrecer entornos cuyo uso resulte
cómodo, seguro y agradable para todas las personas, incluidas las discapacitadas.
Los ajustes razonables son todas aquellas medidas que podemos instaurar para
adaptar el entorno a las necesidades específicas de ciertas personas.
Los
mediadores deberemos identificar las necesidades de nuestros usuarios para
participar de forma efectiva en la mediación y esto pasa por considerar si las
personas que vienen a mediación son capaces de obtener y utilizar toda la
información necesaria relacionada con los servicios y el procedimiento de
mediación, si son capaces de comprender el propósito y objetivo de la
mediación, si entienden el papel de cada
persona presente en el proceso (el del mediador, las partes, los abogados, las
personas de apoyo, los intérpretes…), si comprenden los pasos en el
procedimiento de mediación y las “normas”.
Entre
los aspectos a analizar y resolver antes de iniciar un proceso de mediación tendríamos
que considerar en primer lugar “La accesibilidad
del entorno”, principalmente la llegada al edificio, la entrada al
edificio, el interior del edificio, adecuando el entorno para una correcta
atención y comunicación; los despachos de prestación de los servicios de
mediación (disposición del mobiliario y los espacios interiores para el
tránsito de personas en silla de ruedas, o con discapacidad visual por ejemplo,
etc.). Y en segundo lugar “La Accesibilidad
de Comunicación” es un derecho universal donde se ve fortalecido hoy
en día con los avances tecnológicos y la ayuda de la informática. La mediación
electrónica es una buena solución con usuarios con movilidad reducida o
personas con discapacidad visual o familiares a cargo de personas con
verdaderos problemas de movilidad.
Los
mediadores o instituciones de mediación debemos tener en cuenta diversos
elementos respecto a la transmisión de información para garantizar la
accesibilidad a la comunicación e información con personas con diversidad
funcional. Fundamentalmente la
Interpretación de lengua de signos, donde se deberán facilitar los
servicios de interpretación de lengua de signos; la Subtitulación, en la que se deberá contar con servicios de estenotipia
computarizada para ofrecer información textual en pantalla de las
presentaciones orales en tiempo real, así mismo se deberá asegurar siempre que
las fotografías, gráficos, videos o DVD empleados estén subtitulados y los Sistemas
de comunicación aumentativa o alternativa. Los Sistemas
Aumentativos complementan el lenguaje oral cuando, por sí sólo, no es
suficiente para entablar una comunicación efectiva con el entorno. Esta
puede realizarse sin ayuda como por ejemplo la “Lengua de signos”, la “Lectura
labio-facial”, la “Dactilología”, la “Palabra Complementada”, la “Comunicación
bimodal” o con ayuda, se utiliza cuando para comunicarse las personas usan
ayudas o herramientas que les permiten hacer preguntas, hablar sobre sus
sentimientos y emociones, relatar sucesos
de su vida como por ejemplo los “Sistemas
e imágenes”, los “Sistemas pictográficos”,
“Bliss”, el “Sistema Braille”. Y Los Sistemas Alternativos que sustituyen al lenguaje oral cuando
éste no es comprensible o está ausente.
Necesidades comunicativas en personas con discapacidad y tipos
de SAAC utilizados
DISCAPACIDAD SENSORIAL
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HERRAMIENTA
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VISUAL
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CON AYUDA
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Braille
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SIN AYUDA
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Lenguaje
Oral,Dactilológico,Comunicación Bimodal
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AUDITIVA
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CON AYUDA
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Bliss, Pictograma, Escritura, Sistema de Imágenes
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SIN AYUDA
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Dactilológico,
Gestos Indicativos, Lengua de Signos, Labio-facial, Palabra Complementada.
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DISCAPACIDAD FISICA
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HERRAMIENTAS
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ESCLEROSIS MULTIPLE
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Recursos Técnicos: Paneles de
comunicación (alfabeto, palabras o imágenes), amplificadores de voz y
teléfonos de texto que pueden facilitar la comunicación en algunos casos.
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PARALISIS CEREBRAL
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SAAC: El lenguaje de
signos y la palabra complementada, o sistemas que requieren ayuda, como
pueden ser el braille, los sintetizadores de voz, el Bliss, sistemas
pictográficos, aplicaciones informáticas, etc.
Recursos Técnicos: Programas de gestión
de símbolos, texto y/o fotografías, Comunicadores sencillos con salida a voz,
Tableros de comunicación con salida a voz, Comunicadores dinámicos.
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ESPINA BÍFIDA
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Recursos Técnicos: Libretas con
pautas, es aconsejable presentar los contenidos predominantemente de forma verbal,
más que a través de imágenes o esquemas
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OTRAS DISCAPACIDADES
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HERRAMIENTAS
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DISCAPACIDAD INTELECTUAL Y TEA
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LECTURA FACIL Y SAAC (PICTOGRAMAS)
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También en la transmisión Información en Internet, las páginas Web de los
proveedores de servicios de mediación (y de cualquier otro sistema alternativo
de conflicto) deben ser accesibles cumpliendo criterios de la WAI (Web Accesibility Initiative).
Las Presentaciones se deberán asegurar que al utilizar transparencias,
presentaciones informáticas o diapositivas, las mismas sean fácilmente visibles
con copias en folletos con formato grande. Se deberá utilizar letra grande
tamaño 24 en texto, todo en fuente legible: Verdana, Arial, Helvética o
Universal; Se deberán leer todos los encabezados en voz alta y describir los
dibujos o gráficos. Será necesario repetir las preguntas de la audiencia al dar
las respuestas. Finalmente en cuanto a la Información impresa se
deberá utilizar letra grande, de tamaño 16-18, fuente legible. La escritura Braille deberá estar disponible
sólo en el texto.
Muy importante es la accesibilidad
del procedimiento; me refiero al proceso de mediación en todas sus fases:
preparación, desarrollo, culminación y seguimiento. Hay que tener en cuenta que
la población con diversidad funcional presenta una gran variedad en función del
tipo de discapacidad, la intensidad de la misma, el nivel de autonomía o
necesidad de apoyos permanentes, el nivel de ingresos, el sexo, las formas de
convivencia, etc. En
la fase de preparación debemos tener los conocimientos
sobre las necesidades de accesibilidad de las partes, esto implica
compensar o equilibrar las oportunidades fruto de las desigualdades. Por lo que
antes de comenzar la mediación es importante conocer el tipo de ayuda técnica
que se requiere. Las ayudas son todo objeto, equipo o producto utilizado para
aumentar o mejorar las habilidades de las personas con discapacidad. Se deberá
preguntar a las partes antes del inicio de las sesiones si necesitan alguna
ayuda técnica específica. Los datos aportados sobre la discapacidad, la
información médica e incluso los ajustes razonables que requieran para el
proceso entran dentro de la más absoluta confidencialidad. Cuando el mediador
no disponga de algún servicio de accesibilidad deberá esforzarse para tenerlo,
pudiendo preguntar a la persona discapacitada que le recomiende un proveedor de
su confianza.
Se deberá evaluar el
grado de autonomía para tomar decisiones. Las personas que inician un
procedimiento de mediación deben ser capaces de entender el procedimiento que
van a iniciar de principio a fin, las reglas por las que se van a regir y el
papel del mediador. Además han de ser consciente de la materia del conflicto y
de su alcance; también de las decisiones que se tomen y de las
responsabilidades que ello lleva aparejado. Las partes van a dar su
consentimiento para lo cual tiene que haber una autonomía personal, puesto que
las decisiones son personales y están en función de nuestros objetivos, deseos
y beneficios. El mediador deberá valorar si todas las partes que van a iniciar
el proceso de mediación tienen capacidad para hacerlo y sin que la discapacidad
merme su capacidad y libertad de concurrir en igualdad de oportunidades. Hay que tener en cuenta que
la evaluación de la capacidad de mediar de una persona es individual y debe
hacerse caso por caso ya que cada persona tiene sus propias circunstancias que
pueden limitarla o dotarles de plena autonomía para tomar sus propias
decisiones. Dicha evaluación no ha de consistir únicamente en un diagnóstico
médico. Los acuerdos deben estar basados en una clara comprensión del conflicto
y las circunstancias personales que intervienen en el mismo. Y deben prestarse
todas las ayudas, adaptaciones y apoyos que se requieran para que la persona
con discapacidad pueda actuar libremente y tome el control del sus acciones.
Para
finalizar otro aspecto a tener en cuenta
es nuestro comportamiento con las personas con discapacidad. El lenguaje determina
nuestra percepción de la realidad. Utilizar acepciones negativas para
referirnos al colectivo de personas con diversidad funcional como
“minusválidas”, “retrasado”, “Deficientes”, etc., condiciona nuestra manera de
relacionarnos. Para un uso apropiado de la imagen social de la discapacidad
debemos utilizar la palabra discapacidad, persona con discapacidad y/o persona
con Diversidad Funcional.
desde el modelo social en mi quehacer hay 7 barreras por las cuales inicio mi accion de identificacion como son: actitudinales, programticas, de trasnporte, comunicativas, politicas, sociales y fisicas; que en los diversos entornos tambien se cruzan como facilitadores que enriquecen el proceso autonomo de la PCD, posterior a la idetificacion de las anteriores en los diversos entornos se traza un mapa de acciones donde se orientan los ajustes razonables requeridos al proceso de inclusion..... parte de todo esto engrada de los tipos de apoyo que requiera la PDC. GRACIAS.
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